Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Resolvemos las dudas mas comunes sobre nuestros seguros de vida, salud y viajes.
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BMI Colombia pagará el siniestro siempre que el beneficiario acredite la ocurrencia, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso. Debes adjuntar los documentos del asegurado y del beneficiario requeridos.
En caso de declaración de muerte presunta, deberá remitirse además la copia auténtica de la sentencia que declara la muerte presunta, de conformidad con el artículo 1145 del Código de Comercio.
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En caso de siniestro, el asegurado o los beneficiarios deberán presentar los documentos que acrediten la ocurrencia y la cuantía de la reclamación, en los términos del artículo 1077 del Código de Comercio. Todos los recibos y facturas deben estar de acuerdo con lo que establecen las leyes en esa materia.
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Para modificar o actualizar los datos de una póliza, escribe un correo a contactenos@bmicos.com con la siguiente información:
En el asunto, indica que se trata de una modificación o actualización de datos.
Adjunta una carta de solicitud de modificación de datos con el número de la póliza, el nombre del asegurado, su número de identificación y sus datos de contacto.
En la carta, indica qué datos se van a modificar y adjunta al correo los soportes de validación (documentos de identidad, etc.).
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Para cancelar una póliza, escribe un correo a servicioalclientecol@bmicos.com con la siguiente información:
En el asunto, indica que se trata de una cancelación de póliza.
Adjunta el formato de solicitud de servicio al cliente totalmente diligenciado (https://www.bmicos.com/colombia/wp-content/uploads/sites/5/2024/12/FORMATO-DE-SOLICITUD-DE-SERVICIO-AL-CLIENTE-Editable.pdf).
Adjunta los soportes de validación de la información (documentos de identidad, etc.).
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BMI Colombia Compañía de Seguros de Vida S.A. realizará la devolución de la prima no devengada a que haya lugar, siempre que no se trate de un seguro de vida que genere valores de rescate.
Si procede la devolución de primas por sobreseguro o disminución del interés asegurado, el interesado debe solicitarla por escrito, con su justificación o soporte. Para facilitar el trámite, la solicitud debe contener el nombre completo del tomador o asegurado, el tipo y número de identificación, la dirección, la ciudad de notificación, un teléfono de contacto y la fecha.
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Los contratos de seguro de vida pueden ser revocados por el tomador o el asegurado en cualquier momento. En dicho caso, se devolverá el valor de rescate que corresponda al momento de la revocación.
Si el asegurado hubiese incurrido en gastos por siniestros pagados por BMI Colombia:
- La prima se considerará ganada y no habrá derecho a devolución, o bien se devolverá únicamente el excedente.
Parágrafo: El hecho de que BMI Colombia reciba una o más primas después de la fecha de revocación no la obliga a conceder los beneficios estipulados ni anula la revocación. Cualquier pago posterior será reembolsado.
Causales de Revocación
- Revocación unilateral del contrato de seguro por parte del tomador.
- Cancelación de las pólizas como no tomadas o no aceptadas por el cliente al inicio de la vigencia. Documentación Necesaria para Solicitudes del Cliente
- Comunicación escrita firmada por el asegurado solicitando la cancelación.
- Copia del documento de identidad (en caso de existir valores de cesión a devolver).
- Formulario FATCA.
- Carta firmada por el tomador de la póliza (válida hasta 30 días después de emitida la póliza).
Cese de la Cobertura
Toda la cobertura de la póliza cesará al ocurrir la primera de las siguientes fechas:
- La fecha en que la póliza sea liquidada.
- La fecha del fallecimiento del asegurado.
- La expiración del período de gracia, si no se ha pagado la cantidad necesaria para mantener la póliza vigente.
- Cuando el asegurado cumpla 101 años.
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Si un asegurado revoca la póliza una vez emitida o renovada, BMI Colombia devolverá la porción no devengada de la prima.
Sin embargo, si el asegurado hubiese incurrido en gastos por siniestros pagados por BMI Colombia:
- La prima se considerará ganada y no habrá derecho a devolución, o bien se devolverá únicamente el excedente.
Restricciones Legales De conformidad con el artículo 41 de la Ley 1438 de 2011, BMI Colombia no podrá dar por terminados los contratos ni revocarlos, a menos que medie incumplimiento de las obligaciones por parte del asegurado.
Documentación Necesaria para Revocaciones Solicitadas por el Cliente:
- Carta firmada por el tomador de la póliza indicando su requerimiento de cancelación y el número de la póliza.
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Por parte del tomador:
Podrá revocar el amparo básico o los anexos de la póliza en cualquier momento, mediante aviso escrito.
Por parte de BMI Colombia:
Únicamente podrá revocar en vigencia los anexos, dando aviso al tomador con una anticipación no menor a 10 días calendario, y podrá dar por terminada la póliza con todos sus amparos al momento de la renovación.
Condiciones de Cancelación según la Frecuencia de Pago
- Pólizas de pago mensual: La cancelación se realiza al corte de facturación de la póliza, según el mes en que se reporte.
- Pólizas de pago trimestral, semestral y anual: La cancelación se realiza a la fecha de corte del mes del colectivo en que se reporta la novedad, y se devuelve la prima no devengada del periodo faltante según el pago realizado y la frecuencia del colectivo.